micelio jurídico
Auto26 de octubre de 2021

A- de 2021

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

✓Demandante Luisa Fernanda Muñoz Otavo·Demandado Secretaria Distrital De Educacion De Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Medidas Provisionales A Favor De Menor De Edad En Situacion De Discapacidad
  • Órdenes a la Secretaría Distrital de Educación y Empresa Promotora de Salud, para garantizar el derecho a la educación
Corte Constitucional
  • Facultad de adoptar de oficio medidas provisionales
Medidas Provisionales
  • Deben ser razonadas, sopesadas y proporcionadas a la situación planteada
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se decreta de oficio medidas provisionales en el expediente de la referencia, tendientes a proteger el riesgo de afectación de los derechos fundamentales del niño para el cual se invocó el amparo constitucional.

Para el efecto se ordenó a varias entidades realizar las valoraciones médicas, psicológicas, psicopedagógicas y ocupacionales que se requieran para identificar el tipo de educación que necesita el menor y los ajustes razonables que deben llevarse a cabo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. Como medida provisional, ORDENAR a la Secretaria Distrital de Educacion42, para que, de manera conjunta y coordinada con la EPS Compensar43 y la Secretaria Distrital de Salud44 y, en el termino maximo de cinco (5) dias habiles siguientes a la notificacion del presente auto, realice las valoraciones medicas, psicologicas, psicopedagogicas y ocupacionales que se requieran para identificar el tipo de educacion que necesita y los ajustes razonables que deben llevarse a cabo.
  2. Las entidades deberan realizar de manera coordinada y conjunta las gestiones necesarias para tal fin, por lo que no podran trasladar su ejecucion al nino o a su representante legal.
  3. Una vez vencido el termino previsto, las entidades deberan presentar a esta Sala de Revision, un informe detallado de las actuaciones realizadas, de las gestiones administrativas y de los resultados de los procedimientos ordenados y realizados, el cual se presentara a la Sala a mas tardar en el termino de los tres (3) dias siguientes al vencimiento del termino otorgado para la realizacion de las valoraciones ordenadas.
  4. Segundo. ORDENAR que, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, se comunique a la agente oficiosa45 la presente decision para que preste la colaboracion necesaria para la realizacion de las valoraciones ordenadas en el numeral
  5. primero. de este auto a Juan Angelo Munoz Lopez; y a la Procuraduria General de la Nacion para que, dentro del ambito de sus competencias constitucionales y legales, acompane el cumplimiento del presente auto y el desarrollo de este proceso.
  6. Tercero. INFORMAR, a traves de la Secretaria General, a los destinatarios de esta providencia que la informacion y los documentos requeridos deberan remitirse, de manera digitalizada, al correo electronico secretaria1@corteconstitucional.gov.co.
  7. Cuarto. ORDENAR que, por Secretaria General, una vez agotado el termino otorgado, se REMITA al despacho de la Magistrada Sustanciadora la documentacion recibida en acatamiento de las ordenes precedentes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.